Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de BURGOS o de cualquier otro es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien el requerimiento debido a que la deuda que te pidan debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Es importante que sepas que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por lo que es necesario revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y efectuar una defensa apropiada. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú después decidirás si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de BURGOS
Calle : AV REYES CATOLICOS 51 Población: BURGOS
Código Postal: 9005 Provincia: BURGOS
Teléfono: 947284123 FAX: 947284134
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