Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de CADIZ o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser justificada, acreditada y vencida.
También debes de saber que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tienes que hacerlo si estás conforme con la deuda, por esta razón debes de comprobar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde justifiques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de procurador y abogado en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una contestación excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de CADIZ
Calle : CL LOS BALBOS S/N Población: CADIZ
Código Postal: 11004 Provincia: CADIZ
Teléfono: 856103006 FAX: 956013069
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