Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de CORDOBA o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien la citación debido a que la deuda reclamada debe de ser justificada, vencida y acreditada.
No olvides que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso tienes que comprobar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de abogado y procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y hacer una contestación excelente. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de CORDOBA
Calle : CL ISLA MALLORCA S/N Población: CORDOBA
Código Postal: 14071 Provincia: CORDOBA
Teléfono: 957745095 FAX: 957242004
OTROS JUZGADOS EN CORDOBA