Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de DENIA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida
Recuerda que la comunicación debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más deberías de hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por esta razón debes de examinar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y realizar una contestación excelente. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decidirás si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de DENIA
Calle : PZ SAN JAUME I 23 Población: DENIA
Código Postal: 3700 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 965938631 FAX: 966428308
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