Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de GIJÓN o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el documento debido a que la deuda reclamada debe de ser vencida,justificada y acreditada.
También debes de saber que la notificación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que tienes que comprobar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 euros será entonces un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASE S/N Población: GIJÓN
Código Postal: 33207 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985175666 FAX: 985176994
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