Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de GRANADA o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
También debes de saber que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo debes de examinar muy bien los documentos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será verbal y si es superior a esa cantidad será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hará falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y ejercer una contestación buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de GRANADA
Calle : PZ NUEVA 8 Población: GRANADA
Código Postal: 18009 Provincia: GRANADA
Teléfono: 958562033 FAX: 958026413
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