Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
No olvides que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca la población donde vives.
¿Qué opciones tienes si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Únicamente deberías de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón tienes que revisar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad entonces será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de un procurador y un abogado en el trámite.
Sin embargo, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932676 FAX: 914932679
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