Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de MOSTOLES o de cualquier otro es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien el requerimiento ya que la deuda que te pidan debe de ser justificada, acreditada y vencida.
No olvides que la comunicación debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que comprobar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una contestación excelente. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de MOSTOLES
Calle : CL LUIS JIMENEZ DE ASUA S/N Población: MOSTOLES
Código Postal: 28931 Provincia: MADRID
Teléfono: 916647232 FAX: 916189553
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