Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de PONTEVEDRA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el documento debido a que la deuda que te pidan debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Es importante que sepas que la notificación debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que debes de revisar muy bien la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde aclares con argumentos la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 euros será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
De todas formas, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene fundamento jurídico para oponerte y hacer una contestación apropiada. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de PONTEVEDRA
Calle : AV FCO TOMAS Y VALIENTE S/N Población: PONTEVEDRA
Código Postal: 36071 Provincia: PONTEVEDRA
Teléfono: 986805793 FAX: 986805792
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