Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de REUS o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Es importante que sepas que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso debes de comprobar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no hará falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y ejercer una contestación excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de REUS
Calle : AV MARIA FORTUNY 73 Población: REUS
Código Postal: 43203 Provincia: TARRAGONA
Teléfono: 977929042 FAX: 977929052
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