Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el requerimiento debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.
Ten en cuenta que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Sólo debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar correctamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una defensa apropiada. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA
Calle : PZ DEL ADELANTADO S/N Población: SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA
Código Postal: 38200 Provincia: SANTA CRUZ DE TENERIFE
Teléfono: 922924258 FAX: 922208023
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