Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de SEVILLA o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, comprabar bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada y justificada.
Es importante que sepas que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que realizarlo si estás conforme con la deuda, por esta razón tienes que examinar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no hará falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una contestación buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043009 FAX: 955043135
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