Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TARRAGONA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, revisar bien la citación ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida
Es importante que sepas que la citación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.
¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso debes de revisar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde aclares con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de procurador y abogado en el procedimiento.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y realizar una defensa apropiada. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TARRAGONA
Calle : AV DE ROMA 7 Población: TARRAGONA
Código Postal: 43005 Provincia: TARRAGONA
Teléfono: 977920002 FAX: 977920032
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