Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TERRASSA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que la notificación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde expliques con argumentos el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es mayor que esa cantidad será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de procurador y abogado en la actuación.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y hacer una defensa buena. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú posteriormente decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TERRASSA
Calle : RB PARE ALEGRE 112 Población: TERRASSA
Código Postal: 8220 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 936932964 FAX: 936932952
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