Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TORRENT o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Recuerda que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Únicamente deberías de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón debes de revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que proceda , donde demuestres con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de abogado y procurador en la actuación.
Sin embargo, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y hacer una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decidirás si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TORRENT
Calle : PZ DE LA LIBERTAD 3 Población: TORRENT
Código Postal: 46900 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961927606 FAX: 961561486
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