Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TORREVIEJA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien la citación ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Recuerda que la citación tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más deberías de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón tienes que comprobar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que el escrito lo realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa apropiada. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 2 de TORREVIEJA
Calle : CL PATRICIO ZAMMIT 50 Población: TORREVIEJA
Código Postal: 3182 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 966704599 FAX: 966926551
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