Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 21 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
También debes de saber que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tienes que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 21 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 euros será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en la actuación.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una contestación excelente. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 21 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549421 FAX: 935549521
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