Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 21 de MADRID o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, revisar bien la citación ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de comprobar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 21 que proceda , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de un abogado y un procurador en el trámite.
De todas formas, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y hacer una defensa apropiada. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 21 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932781 FAX: 914932784
OTROS JUZGADOS EN MADRID