Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 22 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, comprabar bien el documento debido a que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Recuerda que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponde la población donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso es necesario examinar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 22 que proceda , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será entonces un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de abogado y procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € te recomendamos que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 22 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR DE EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219422 FAX:
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