Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 22 de SEVILLA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de examinar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 22 que proceda , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de procurador y abogado en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una contestación buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 22 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043129 FAX: 955043135
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