Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 23 de BARCELONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario comprobar perfectamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 23 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un abogado y un procurador en el trámite.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y hacer una contestación buena. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 23 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549423 FAX: 935549523
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