Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 23 de MADRID o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, comprabar bien la citación ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tienes que realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón debes de revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 23 que proceda , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que el escrito lo realice un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y ejercer una defensa excelente. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 23 de MADRID
Calle : CL FRANCISCO GERVÁS 10 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914936273 FAX: 914936274
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