Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 24 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te pidan debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que debes de revisar correctamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 24 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 € será entonces ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y hacer una contestación apropiada. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 24 de MADRID
Calle : CL FRANCISCO GERVÁS 10 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914936277 FAX: 914936278
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