Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 24 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por ese motivo es necesario examinar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 24 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será entonces ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene fundamento jurídico para oponerte y realizar una defensa excelente. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 24 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929033 FAX: 961929333
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