Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de SEVILLA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.
No olvides que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario comprobar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una contestación buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043202 FAX: 955043444
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