¿Has recibido un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de SEVILLA ?

Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de SEVILLA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el monitorio  ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.

No olvides que el requerimiento tiene que  llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.

¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE

Únicamente tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario comprobar muy bien la documentación anexa.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 que proceda  , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.

Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.

Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.

Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una contestación buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones bancarias.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.

¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.

 

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Si te ha llegado un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para poder contestarlo podemos realizarte un estudio gratuito. En muchas ocasiones, especialmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses abusivos, se puede contestar el monitorio efectuando una buena defensa jurídica, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de SEVILLA

Calle : CL  VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA

 Código Postal:  41018 Provincia: SEVILLA

Teléfono: 955043202 FAX: 955043444

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