Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de VALENCIA o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el monitorio debido a que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
No olvides que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tienes que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario comprobar muy bien los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no será necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 25 de VALENCIA
Calle : AV PRF.LZ.PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929034 FAX: 961929334
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