Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 26 de SEVILLA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Es importante que sepas que la citación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponde la población donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por lo que tienes que examinar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 26 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de abogado y procurador en el procedimiento.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y realizar una contestación buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú después decidirás si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 26 de SEVILLA
Calle : AV DE LA BUHAIRA 29 Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955516182 FAX: 954787937
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