Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 27 de MADRID o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, revisar bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Recuerda que la citación debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente deberías de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo es necesario examinar muy bien la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 27 que proceda , donde aclares con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 27 de MADRID
Calle : CL FRANCISCO GERVÁS 10 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914936285 FAX: 914936286
OTROS JUZGADOS EN MADRID