Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de ALMERIA o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien el documento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
También debes de saber que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más deberías de hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón es necesario comprobar correctamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de abogado y procurador en el procedimiento.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una contestación buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de ALMERIA
Calle : CR DE RONDA 120 Población: ALMERIA
Código Postal: 4006 Provincia: ALMERIA
Teléfono: 950809077 FAX: 950204224
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