¿Quieres contestar un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de BARCELONA ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de BARCELONA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien el documento  ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada y justificada.

No olvides que la comunicación tiene que  llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.

¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE

Nada más debes de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón debes de comprobar muy bien los documentos anexos.

2.- OPONERTE AL MONITORIO

Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que proceda  , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te opones.

En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces un procedimiento ordinario.

En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de abogado y procurador en el trámite.

Sin embargo, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una defensa excelente. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos y financieras.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos.

 

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Si quieres contestar un monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para contestarlo podemos realizarte un estudio gratuitamente. En bastantes ocasiones, principalmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses usuarios, se puede contestar el monitorio realizando una buena defensa jurídica, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el importe principal que fue prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de BARCELONA

Calle : GV  DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA

 Código Postal:  8014 Provincia: BARCELONA

Teléfono: 935549403 FAX: 935549503

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