Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de CARTAGENA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.
También debes de saber que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de hacerlo si estás conforme con la deuda, por ese motivo tienes que examinar perfectamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la certeza de que tiene fundamento jurídico para oponerte y ejercer una defensa buena. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de CARTAGENA
Calle : CL ANGEL BRUNA 21 Población: CARTAGENA
Código Postal: 30203 Provincia: MURCIA
Teléfono: 968326220 FAX: 968326271
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