Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de GIJÓN o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Es importante que sepas que la citación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón es necesario comprobar correctamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es mayor que esa cantidad será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no será necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una contestación buena. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASE S/N Población: GIJÓN
Código Postal: 33207 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985175672 FAX: 985175675
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