Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de JAEN o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, lee bien el documento ya que la deuda reclamada debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Recuerda que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que realizarlo si estás conforme con la deuda, por esta razón es necesario comprobar muy bien el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no será necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y ejercer una contestación excelente. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de JAEN
Calle : CL ARQUITECTO BERGES 16 Población: JAEN
Código Postal: 23071 Provincia: JAEN
Teléfono: 953963164 FAX: 953010756
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