Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de LLEIDA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, revisar bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que la citación tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué debes de hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de comprobar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que proceda , donde expliques con argumentos el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de LLEIDA
Calle : ED CANYERET 03-may Población: LLEIDA
Código Postal: 25007 Provincia: LLEIDA
Teléfono: 973700181 FAX: 973700261
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