Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de MURCIA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el requerimiento debido a que la deuda reclamada debe de ser justificada, vencida y acreditada.
También debes de saber que la citación tiene que llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario comprobar correctamente la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que proceda , donde demuestres con pruebas la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no es necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de MURCIA
Calle : AV DE LA JUSTICIA S/N Población: MURCIA
Código Postal: 30071 Provincia: MURCIA
Teléfono: 968270304 FAX: 968244612
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