Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de SANTANDER o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Es importante que sepas que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de examinar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que proceda , donde expliques con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú luego decides si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de SANTANDER
Calle : AV PEDRO SAN MARTIN S/N Población: SANTANDER
Código Postal: 39071 Provincia: CANTABRIA
Teléfono: 942357022 FAX: 942357023
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