Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de TORRENT o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué opciones tienes si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Sólo debes de hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso tienes que revisar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un procurador y un abogado en el trámite.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la certeza de que existe fundamento jurídico para oponerte y efectuar una contestación buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de TORRENT
Calle : PZ DE LA LIBERTAD 3 Población: TORRENT
Código Postal: 46900 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961927615 FAX: 961561486
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