¿Te ha llegado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de TORREVIEJA ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de TORREVIEJA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, revisar bien el requerimiento  debido a que la deuda que te pidan debe de ser vencida,justificada y acreditada.

También debes de saber que la notificación debe de  llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.

¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE

Nada más tendrías que hacerlo si estás conforme con la deuda, por esta razón debes de comprobar muy bien el monitorio.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que te haya requerido  , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.

En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será procedimiento ordinario.

En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de un abogado y un procurador en el trámite.

Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que el escrito lo realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una defensa excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE

Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.

¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos.

 

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Si has recibido un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para contestarlo podemos hacerte un estudio gratuito. En bastantes ocasiones, sobre todo en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses abusivos, se puede contestar el monitorio realizando una buena defensa jurídica, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de TORREVIEJA

Calle : CL  PATRICIO ZAMMIT 50 Población: TORREVIEJA

 Código Postal:  3180 Provincia: ALICANTE

Teléfono: 966926516 FAX: 966926555

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