Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de VALENCIA o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, repasar bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida
También debes de saber que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Sólo tienes que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de comprobar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que proceda , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de procurador y abogado en la actuación.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una defensa apropiada. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929012 FAX: 961929312
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