Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de VIGO o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, comprabar bien el requerimiento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por esta razón es necesario revisar perfectamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de procurador y abogado en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y ejercer una defensa buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decidirás si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 3 de VIGO
Calle : CL LALIN 4 Población: VIGO
Código Postal: 36209 Provincia: PONTEVEDRA
Teléfono: 986817522 FAX: 986817525
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