Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 32 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el documento ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada y justificada.
También debes de saber que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tienes que realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 32 que proceda , donde demuestres con argumentos la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no es necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una contestación apropiada. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 32 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549432 FAX: 935549532
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