Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 33 de BARCELONA o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, comprabar bien la citación debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.
Ten en cuenta que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Solamente tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso es necesario examinar muy bien los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 33 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 33 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549433 FAX: 935549533
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