Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 34 de BARCELONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que la notificación debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que examinar muy bien la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 34 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de abogado y procurador en el procedimiento.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y hacer una defensa buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú después decidirás si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 34 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549434 FAX: 935549534
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