Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 34 de MADRID o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien el documento ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Es importante que sepas que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que es necesario revisar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 34 que proceda , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es superior a 2000 € será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no será necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la presencia de un procurador y un abogado en el trámite.
Sea como sea, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y realizar una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú luego decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 34 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932796 FAX: 914932799
OTROS JUZGADOS EN MADRID