Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 36 de BARCELONA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien la citación ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
También debes de saber que la citación debe de llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que tienes que revisar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 36 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 € no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de abogado y procurador en el procedimiento.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco jurídico para oponerte y ejercer una defensa excelente. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decides si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 36 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549436 FAX: 935549536
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