Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 36 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien el requerimiento debido a que la deuda que te pidan debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Es importante que sepas que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Solamente tienes que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo debes de revisar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 36 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será verbal y si es superior a 2000 € será entonces ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una contestación buena. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 36 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932806 FAX: 914932807
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