Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 de BARCELONA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, revisar bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso tienes que revisar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 que te haya requerido , donde expliques con argumentos la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y efectuar una defensa buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549437 FAX: 935549537
OTROS JUZGADOS EN BARCELONA