¿Quieres contestar un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 de MADRID ?

Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 de MADRID o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien el requerimiento  ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.

Ten en cuenta que la notificación debe de  llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.

¿Qué opciones tienes cuando has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA

Solamente tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por ese motivo es necesario comprobar muy bien la citación.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 que te haya requerido  , donde expliques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.

Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es superior a 2000 € será entonces ordinario.

Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.

Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y realizar una defensa excelente. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.

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3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos.

 

ESTUDIAMOS GRATUITAMENTE TU CASO
Si quieres contestar un procedimiento monitorio y estás dentro del plazo legal para poder contestarlo podemos realizarte un estudio de forma totalmente gratuita. En muchos casos, especialmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses abusivos, podemos contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 37 de MADRID

Calle : CL  DEL POETA 66 Población: MADRID

 Código Postal:  28020 Provincia: MADRID

Teléfono: 914932811 FAX: 914932814

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