Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 39 de BARCELONA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el monitorio debido a que la deuda que te pidan debe de ser justificada, vencida y acreditada.
Es importante que sepas que la citación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por eso debes de examinar correctamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 39 que proceda , donde expliques con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no hará falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un abogado y un procurador en el trámite.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y ejercer una contestación buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 39 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549439 FAX: 935549539
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