Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de A CORUÑA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el requerimiento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Sólo tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón debes de comprobar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no es necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
Sin embargo, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene fundamento jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de A CORUÑA
Calle : CL MONFORTE S/N Población: A CORUÑA
Código Postal: 15071 Provincia: A CORUÑA
Teléfono: 981185185 FAX: 981185187
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